Ayudas económicas
En España existen varios tipos de ayudas para familias que tienen entre sus miembros a una persona con síndrome de Down. Algunas son de carácter estatal y otras dependen de la Comunidad Autónoma o del Ayuntamiento en el que está empadronado el bebé. En este apartado os informaremos de ellas, así como de los pasos que han de darse para solicitarlas.
¿Qué ayudas puedo solicitar?
Como primer paso, es aconsejable que os informéis, en la asociación más cercana a vuestro domicilio, del tipo de subvenciones, descuentos o ayudas disponibles y de cómo iniciar los trámites para solicitarlas. Podéis buscar la asociación más cercana a vuestro domicilio en el siguiente enlace.
Os recomendamos que el primer paso sea obtener el reconocimiento del grado de discapacidad o Tarjeta Acreditativa del Grado de Discapacidad. Esta tarjeta se está implementando poco a poco en las comunidades autónomas, y además de funcionar como documento identificativo, es única para cualquier tipo de discapacidad que iguale o supere el 33%.
Las funciones de la tarjeta son las mismas que las del antiguo certificado en papel, que deberá conservarse en previsión de que sea solicitado por las distintas administraciones públicas. Entre ellas encontramos su uso en diferentes trámites administrativos y como certificado de discapacidad.
Asimismo podéis solicitar la prestación por hijo a cargo en la oficina de la Seguridad Social que os corresponda, según la localidad o distrito postal de la ciudad en que estéis residiendo.
¿Dónde tengo que solicitar el certificado de minusvalía o Tarjeta Acreditativa de Grado de Discapacidad?
Cada Comunidad Autónoma gestiona las peticiones de sus habitantes, por lo que a continuación ofrecemos un listado con las indicaciones para cada una de ellas.
- Andalucía
Las personas interesadas en recibir información sobre la tarjeta acreditativa del grado discapacidad pueden dirigirse a los Registros de las Delegaciones Provinciales de la Consejería competente en materia de integración social o de los Centros de Valoración y Orientación adscritos a las mismas. Además se podrá obtener y cumplimentar en la página web de la citada Consejería.
Asimismo, se podrá presentar la solicitud de manera telemática a través del portal de la Junta de Andalucía.
- Aragón
Con objeto de conseguir una tramitación más ágil y eficaz, las plataformas aragonesas de acción y representación de las personas con discapacidad, cooperarán con el IASS en la preparación, el envío y la difusión de las solicitudes de las tarjetas acreditativas del grado de discapacidad.
Huesca
Joaquín Costa, 22 -22002
Teléfono: 974 225 650
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Teruel
Avda. Sanz Gadea, 2 -44002
Teléfono: 978 641 325
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Zaragoza
Santa Teresa, 19-21- 50006
Teléfono: 976 715 666
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P. Luis Cernuda, s/n -50015
Teléfono: 976 742 823
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- Asturias
El Gobierno de Asturias pone a disposición una web desde donde se dan las indicaciones para obtenerla. Puedes acceder a través de este enlace.
- Baleares
Se puede solicitar la tarjeta Acreditativa de Grado de Discapacidad a través de esta web del Gobierno de las Islas Baleares.
- Canarias
En esta comunidad aún no se ha implementado la Tarjeta Acreditativa de Grado de Discapacidad, por lo que es necesario solictar el certificado de minusvalía. Para ello, se puede acceder a través de este enlace de la web del gobierno de Canarias, y tramitar la solicitud conforme se indica.
- Cantabria
El Instituto Cántabro de Servicios Sociales tramita las solicitudes de la tarjeta. Puedes solicitar la tarjeta en este enlace.
- Castilla-La Mancha
Las solicitudes podrán presentarse en cualquier registro perteneciente a la Administración del Estado, a la de las Comunidades Autónomas y a la de aquellas Entidades Locales que hubieran suscrito Convenio. También en las oficinas de Correos. Para más información se puede consultar el siguiente enlace del Gobierno Regional.
- Castilla y León
Es requisito imprescindible residir en la Comunidad de Castilla y León. Tras presentar la solicitud se recibe en el domicilio del interesado en un plazo máximo de dos meses.
Se puede solicitar a través de Internet pinchando en este enlace, o por teléfono en los números 012 ó 902 106 060.
Otra opción es solicitarla en el registro oficial más próximo a su domicilio o en las Gerencias Territoriales de Servicios Sociales, Oficinas de Registro Único de los Ayuntamientos y Diputaciones Provinciales que hayan suscrito el oportuno convenio. También está disponible en las oficinas de Información y Registro de la Junta de Castilla y León.
- Cataluña
Dirigida a personas residentes en Cataluña o que hayan trasladado allí su expediente, ya sea con carácter permanente o provisional.
En el siguiente enlace su puede obtener la solicitud de la tarjeta en formato pdf.
- Comunidad Valenciana
Los impresos se encuentran a disposición de los interesados en las oficinas PROP de la Generalitat.
- Extremadura
La tarjeta se podrá solicitar en los Centros de Atención a la Discapacidad en Extremadura (CADEX) (Horario: De 8 a 15 h. de lunes a viernes).
Cáceres:
Plaza de Gante 3, CP 10003
Teléfono:927005500
FAX: 927005501
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Badajoz:
C/ Agustina de Aragón 18, CP 06002
Teléfono: 924009500-25
FAX:924009502
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- Galicia
Sigue funcionando con el certificado de minusvalía, documento del que se encarga la Consellería de Traballo e Benestar Social a través de sus Delegaciones Provinciales y los Centros Base.
Es necesaro presentar la siguiente documentación en los Servicios Sociales de Atención Primaria del Ayuntamiento de residencia, o en las Delegaciones Provinciales de las Consellería de Traballo e Benestar:
- Hoja de solicitud cumplimentada. Puede descargarse desde aquí.
- Libro de familia y DNI.
- Informes médicos actualizados
- Cartilla de asistencia sanitaria
- Reconocimiento homologado situaciones de invalidez permanente o minusvalía
- La Rioja
Se podrá solicitar la expedición de la tarjeta identificativa en el Centro Base de la Comunidad Autónoma de La Rioja, en el Modelo de solicitud del Anexo II.
Centro de Valoración de la Discapacidad y Dependencia
C/Trinidad, 13 bajo
26071 - Logroño - La Rioja
Teléfono: 941 29 10 50
Atención al Ciudadano: 900 700 333
- Madrid
Las solicitudes se pueden obtener en:
- Punto de Información y Atención al Ciudadano de la Consejería de Familia y Asuntos Sociales.
- Centros Base de Atención a Personas con Discapacidad de la Consejería de Familia y Asuntos Sociales.
- Oficinas de Atención al Ciudadano.
En éste enlace se detalla toda la información.
- Navarra
A través de esta Orden Foral, de la Consejera de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deporte, se crea la tarjeta acreditativa del grado de discapacidad. Se prevé que entre en funcionamiento próximamente.
De momento, para obtener el certificado de minusvalía, se puede rellenar el formulario correspondiente en cualquier centro de salud o de servicios sociales de la comunidad. También es posible realizar el trámite a través de la web del gobierno foral, siguiendo este enlace.
- País Vasco
Aquellas personas que tengan reconocido el grado de discapacidad con fecha anterior a la publicación de esta Orden Foral, recibirán en su domicilio la tarjeta acreditativa de grado de discapacidad, no siendo necesaria la realización de solicitud expresa.
En otros países deberéis acudir a vuestra asociación y preguntar si existe este certificado o uno similar.
- Murcia
La Región de Murcia pone a disposición de sus usuarios la siguiente página web donde se indican los pasos a dar para solicitar el certificado de minusvalía.||||
¿Dónde tengo que solicitar la prestación de la Seguridad Social por hijo a cargo con discapacidad?
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En este enlace podéis consultar las direcciones de las oficinas de la Seguridad Social en España. En este otro enlace, encontraréis el procedimiento y la documentación que es necesario aportar para solicitar la prestación por hijo a cargo.
La cuantíade la asignación económica variará en función de la edad y el grado de discapacidad del hijo o menor.
¿Somos familia numerosa si uno de nuestros dos hijos tiene discapacidad?
En España se considera familia numerosa a la que cuenta con tres o más hijos en el seno familiar, pero se produce una excepción en el caso de nacidos con alguna discapacidad como el síndrome de Down, ya que el Estado reconoce a las familias de dos hijos como familia numerosa (los niños con discapacidad computan como dos a efectos de este reconocimiento).
Es aconsejable que solicitéis cuanto antes el título de familia numerosa, así como las tarjetas individuales que la acreditan para cada miembro de la familia, a fin de beneficiaros de los descuentos y beneficios que os corresponden: en educación, transporte, vivienda, tributos, actividades de ocio y culturales. Cada Comunidad Autónoma regula la concesión de este título, para saber dónde debéis acudir podéis consultar el siguiente enlace.
¿Con qué otras ayudas puedo contar?
En España, con el certificado de minusvalía se adquieren otros derechos, tales como:
- Exención del impuesto de tracción mecánica (se solicita en el Ayuntamiento donde el vehículo esté registrado)
- Reducción del impuesto de matriculación al comprar un vehículo
- Desgravación de IRPF que se debe reseñar al hacer la declaración de la renta
- Deducción especial en el impuesto sobre sucesiones y donaciones
Asimismo, los Ayuntamientos suelen conceder otras ayudas, entre ellas las siguientes:
- Reserva de aparcamiento junto al domicilio o centro de trabajo para personas con minusvalía
- Tarjeta de aparcamiento para otros espacios públicos
- Carnet para el uso de autobuses
- Ayudas para el transporte en taxi
- Ayudas para la limpieza del domicilio (se solicita en los servicios sociales del distrito o localidad)
Consultad en vuestra asociación a qué ayudas tenéis derecho y dónde podéis ir para solicitarlas, puesto que estos trámites varían en cada localidad.
También se puede solicitar una tarjeta dorada que otorga RENFE, con la que el beneficiario obtiene descuentos en los viajes en tren. Podéis informaros en este enlace.
Por último, la Ley de Dependencia establece subvenciones para personas que en su vida diaria estén en una situación de dependencia. Deberéis rellenar el formulario de solicitud que os indiquen en cada Comunidad Autónoma y, en caso de que la evaluación sea positiva, podréis acceder a una serie de prestaciones. Os adjuntamos en este enlace el texto de la Ley que recoge todos los trámites y ayudas que se pueden conceder a la persona dependiente.
¿Tengo derecho a un permiso de maternidad o paternidad más largo por tener un hijo con discapacidad?
Sí, tienes derecho a dos semanas más. El permiso de maternidad en España por nacimiento, acogida o adopción de un menor es de dieciséis semanas ininterrumpidas. El permiso de paternidad, en estos mismos casos, es de cuatro semanas. El plazo se amplía en dos semanas en caso de nacimiento de un hijo con discapacidad, para uno de los dos o bien una semana cada uno, según decidan los interesados, que podrán disfrutarlo de forma simultánea o sucesiva.
En el caso de una adopción internacional de un menor con discapacidad, la baja puede anticiparse a la fecha de la adopción tantos días como sean necesarios para viajar y realizar los trámites en el país de origen del niño. Por otra parte, el tiempo de la baja maternal por adopción puede repartirse a partes iguales entre el padre y la madre.
Las parejas homosexuales podrán disfrutar de este tiempo para cuidar de su hijo en igualdad de condiciones, poniéndose previamente de acuerdo en quién va a solicitar cada tipo de permiso (maternidad y paternidad).
¿Tengo derecho a una excedencia o una reducción de jornada más amplia por tener un hijo con discapacidad?
La legislación española permite al trabajador con al menos una antigüedad en la empresa de un año el derecho a que se le reconozca la posibilidad de situarse en excedencia voluntaria por un plazo no menor a cuatro meses y no mayor a cinco años.
Otra posibilidad es la de solicitar la reducción de jornada por guardia y custodia de un hijo con discapacidad hasta que cumpla los doce años de edad.
Créditos: Esta y mucha más información en el portal Mi hijo con síndrome de Down